Los ayuntamientos son el elemento básico y fundamental de representatividad social, económica y cultural del territorio. Son muchas las competencias que tienen y, muchos de ellos, sobre todo los más pequeños, no pueden garantizar la prestación de determinados servicios por carencia de medios económicos y de profesionales adecuados para atender a la gran diversidad de los problemas que surgen en los municipios. Para asistir a los Ayuntamientos en esa prestación e intentar paliar esas carencias de medios está este servicio.

Prestamos a los municipios asistencia y asesoramiento jurídico sobre todos aquellos aspectos de competencia municipal, con el objetivo de potenciar y optimizar los recursos de los entes locales con menos capacidad económica y de gestión, con el objeto de lograr un nivel de calidad en la prestación de los servicios que permita a nuestros entes locales ser cada vez más autónomos.

Presta: (art. 36 LB) ‐MISIÓN‐

  • Asistencia y cooperación jurídica.
  • Garantiza, en los municipios de menos de 1000 habitantes, los servicios de secretaría e intervención.
  • Presta el servicio de contratación centralizada en los municipios de menos de 20.000 habitantes.

Formas de asesoramiento:

  • Ordinariamente, por teléfono, correo electrónico y control remoto.
  • Mediante entrevista personal, previamente concertada, en las propias oficinas de la Diputación

A través de las siguientes formas de cooperación:

  • Elaboración de modelos de expedientes, ordenanzas, pliegos y documentación administrativa tanto de oficio como a solicitud de las entidades locales, en materia de contratación, procedimiento, recursos humanos, bienes y patrimonio, servicios públicos.
  • Elaboración de informes jurídicos, circulares informativas, y asistencia jurídica telefónica y presencial (resolución de consultas planteadas por el Secretario o el Alcalde de la Corporación).
  • Asistencia en pruebas de selección en colaboración con el resto de Servicios de la Diputación (confección de bases generales, específicas y participación como miembros de tribunales, y encomiendas de gestión para procesos selectivos).
  • Asistencia como miembros en Mesas de Contratación en colaboración con el resto de Servicos de la Diputación en contratos de obras, servicios y suministros de las entidades locales.
  • Secretaria‐Intervención de los municipios eximidos y sustitución en las funciones preceptivas de desempeño de los puestos de Secretaría e Intervención (art. 92bis LBRL):
  • Ejercicio de competencias delegadas por la Comunidad Autónoma (JCYL) en materia de disposición de bienes (enajenaciones, permutas, cesiones etc...) y de agrupaciones municipales para sostenimiento en común de las plazas de Secretaría/Intervención. Informes constitución y modificación estatutos de Mancomunidades.
  • Asistencia en la elaboración y actualización del inventario municipal.
  • Centralización de la contratación de grandes suministros y servicios. (Para más información enlace con la página: https://central.burgos.es

 

DOCUMENTOS DE INTERÉS:

(Insertar documentos)