Fecha de Publicación: 
Lunes, 3 Junio, 2024
Anualidad: 
2024
Fecha límite de presentación: 
Miércoles, 3 Julio, 2024

La presente Convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a Entidades Local para la construcción, adecuación y conservación de:
Cercados ganaderos de diferentes tipologías, de alambre convencional liso o de espino, malla ganadera o eléctricos (no se incluyen mallas simple torsión, triple torsión, electrosoldada), con poste de madera o metálico, incluyendo portillas y pasos canadienses
Construcción, adecuación, instalación y mejora de Abrevaderos y pilones para uso del ganado, así como tanques y aljibes de agua de uso exclusivo ganadero, en montes de las Entidades Locales. No se incluye como subvencionable la parte de sondeos ni captaciones.
Recuperación, adecuación y mejora de charcas naturales vinculadas al aprovechamiento por el ganado.
 

Enlace a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)

 

 


Las Entidades Locales que deseen participar en esta Convocatoria, deberán presentar la solicitud y demás documentación necesaria y/o complementaria, así como su justificación posterior, única y exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Burgos, donde se podrá encontrar catalogada y clasificada toda la documentación necesaria identificada como “Convocatoria de cercados y abrevaderos”. No se admitirá la presentación de instancias y/o documentación necesaria ó complementaria por otros cauces de intercambio registral distintos a la propia sede electrónica de la Diputación Provincial.

Registro Electrónico Diputación
 

Constituye la finalidad de esta Convocatoria, satisfacer las necesidades de los habitantes del Municipio y colaborar en la asistencia y cooperación económica y técnica con las Entidades Locales.
 

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones, las Entidades Locales de la provincia de Burgos, de población inferior a 20.000 habitantes.

Podrá ser subvencionadas la construcción, adecuación y conservación de estas infraestructuras en montes de las Entidades Locales realizados entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de octubre de 2025.

La acreditación de no incurrir en las prohibiciones para ser beneficiario, así como de estar al corriente con obligaciones tributarias y de seguridad social se realizará mediante Declaración conforme al Modelo del Anexo I que se acompaña a las Bases.

La cuantía de la subvención a conceder será del 70% del presupuesto presentado y en ningún caso podrá ser superior a 35.000€ por Entidad Local beneficiaria.

La cuantía mínima del Presupuesto total de la obra será de 5.000€ no considerándose subvencionables importes menores.