Convocatoria pública de la Diputación Provincial de Burgos para la concesión de Subvenciones bajo la fórmula de Ayudas Individuales y de Urgente Necesidad, en régimen de concurrencia competitva, en el año 2012.
Las solicitudes, firmadas por el interesado o por su representante legal, se formularán en Modelo normalizado aprobado, que se adjunta en esta Convocatoria, dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Burgos, y se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación, o en cualquiera de los lugares señalados en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La presente Convocatoria tiene por objeto adjudicar en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones bajo la fórmula de Ayudas Individuales y de Urgente Necesidad, dentro del ámbito de actuación de la Diputación Provincial, dirigidas a los habitantes residentes en municipios de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes, de conformidad con los términos de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 18/88, de 28 de diciembre, de Acción Social y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y Orden de 30 de diciembre de 1994 de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, constituyendo su finalidad la asistencia y cooperación a la financiación de alguno de los gastos relativos a los conceptos subvencionables recogidos en las bases.
Podrán ser beneficiarios de la presente Convocatoria las personas físicas que se encuentren en situación de grave necesidad por carencias familiares o socio-económicas, siempre que reúnan los requisitos que a tal fin se señalan.
Para la obtención de estas ayudas dirigidas a cubrir situaciones de grave necesidad, se deberán reunir los siguientes requisitos.
a) Residir de forma permanente en algún municipio de la provincia de Burgos con población inferior a 20.000 habitantes y estar empadronado con, al menos dos años de antelación, salvo aquellas situaciones que pos su excepcionalidad deban incluirse en la convocatoria sin alcanzar el citado plazo.
A tales efectos, se entenderá por excepcionalidad aquellos casos en que el traslado y en consecuencia el empadronamiento fuera del plazo antedicho sea provocado por circunstancias de malos tratos o violencia de género o en su caso por padecer trastorno mental debidamente acreditado.
b) Obtener la puntuación mínima establecida en al Base Sexta de las presentes Bases.
c) No superar los niveles de renta establecidos en las presentes Bases.
En ningún caso, se pueden superar en el concepto de rendimientos de capital mobiliario la cantidad de 500,00 €.
d) Que el medio, sistema o tratamiento mediante el cual el solicitante pretenda satisfacer la necesidad sea el adecuado para el fin pretendido.
e) Que el solicitante no haya rechazado otro recurso que se considere adecuado a su situación.
f) Que el interesado no perciba ayudas de otros organismos para atender, en su totalidad, la necesidad que motiva la solicitud, así como que dicha necesidad no esté cubierta a través de Convenios suscritos con organismos o entidades en los cuales conste como beneficiario por el concepto solicitado al amparo de esta Convocatoria.
g) Que la ayuda solicitada reúna los requisitos específicos contemplados en la presente convocatoria.
La cuantía máxima de la subvención a conceder no podrá exceder en ningún caso del coste real del servicio o de la prestación atendible, ni de las cuantías máximas establecidas a continuación para cada tipo de ayuda:
CLASE DE AYUDA
CONCEPTO
CUANTÍA MÁXIMA
Manutención
En el caso de unidad familiar de un solo miembro
3 €/día
Si la unidad familiar se compone de más de un miembro, la cuantía se calculará incrementando un 25% por cada uno de los miembros adicionales
Para la vivienda
Adaptación funcional de la vivienda
2.000,00 €
Reparaciones de carácter urgente
2.000,00 €
Suministros esenciales
600,00 €
Alquiler o hipoteca
1.200,00 €
Adquisición de mobiliario o electrodomésticos
600,00 €
Arreglos en la comunidad, de carácter obligatorios
1.200,00 €
Desenvolvimiento personal
Tratamientos sanitarios y/o farmacéuticos
1.200,00 €
Adquisición de ayudas técnicas
1.200,00 €
Recuperación profesional y rehabilitación
240,00 €
Transporte a Centro Especializado
57,10 €/mes
Alojamientos alternativos
Alojamientos en pensiones, hostales u otros
160 €/mes
Alojamientos en residencias privadas
300 €/mes
Alojamientos en centros especializados
300 €/mes
Otras situaciones
Otras situaciones de emergencia
600 €