Fecha de Publicación: 
Lunes, 28 Marzo, 2016
Anualidad: 
2016
Fecha límite de presentación: 
Viernes, 6 Mayo, 2016

Convocatoria para la concesión de subvenciones a instituciones públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro, para gastos de mantenimiento de centros y desarrollo de programas y actividades de servicios sociales en el año 2016. El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia.

Fecha publicación en el BOP: Boletín nº 65 de 06/04/2016

Fecha inicio presentación solicitudes: 07/04/2016

Fecha finalización presentación de solicitudes: 06/05/2016

Enlace a la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/504299

 


Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación, o en cualquiera de los lugares señalados en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente Convocatoria tiene por objeto adjudicar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones dirigidas a Instituciones Públicas y Entidades Privadas sin ánimo de lucro de la Provincia de Burgos, destinadas a financiar los gastos de mantenimiento de Centros y realización de proyectos de actividades en materia de servicios sociales, que se desarrollen dentro del ámbito de actuación de la Diputación Provincial de Burgos durante el año 2016. La finalidad de estas subvenciones es colaborar con las Instituciones Públicas o Entidades Privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actuación en municipios de la provincia de Burgos de menos de veinte mil habitantes, en la financiación de los gastos que conlleve la ejecución de los Proyectos incluidos en el objeto de la Convocatoria, relacionados a continuación, y correspondientes a los gastos subvencionables de esta Convocatoria, siendo desestimadas aquellas solicitudes relativas a Proyectos no incluidos dentro del objeto de la presente Convocatoria o que se refieran a gastos no incluidos dentro de la misma.

Podrán ser beneficiarios de la presente Convocatoria: a) Instituciones Públicas de municipios con población inferior a 20.000 habitantes. b) Entidades privadas sin ánimo de lucro que figuren inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de carácter social o que tengan solicitud de inscripción antes de la publicación de esta Convocatoria y que realizan sus actividades en materia de Servicios Sociales en municipios de la provincia de Burgos de menos de veinte mil habitantes, dentro de los sectores objeto de la Convocatoria. Se desestimarán las solicitudes presentadas por Asociaciones Culturales, Asociaciones Juveniles, Asociaciones Turísticas, Asociaciones Deportivas, Asociaciones de Padres y Madres de alumnos, Asociaciones de Consumidores, Cofradías, ONGS en materia de cooperación al desarrollo y cualesquiera otras cuya finalidad no se enmarque en el sistema de servicios sociales. Las Asociaciones de Pensionistas y Jubilados podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria, únicamente para Programas de Envejecimiento Activo, y siempre y cuando los mismos estén coordinados e incluidos en la Planificación del CEAS que le corresponda. La acreditación de no incurrir en las prohibiciones para ser beneficiario, así como de estar al corriente con obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se realizará mediante Declaración conforme al Modelo del Anexo II que se acompaña a la presente Convocatoria.
Se podrá únicamente presentar solicitud para la financiación de uno de los siguientes Proyectos, con carácter excluyente: a) PROYECTO DE MANTENIMIENTO DE CENTRO para personas con discapacidad, personas mayores, en riesgo de exclusión social, infancia y menores, y centros de apoyo a familias. b) PROYECTO DE ACTIVIDADES para personas con discapacidad, personas mayores, en riesgo de exclusión social, infancia y menores, o de apoyo a familias.
El presupuesto total destinado a esta Convocatoria será de 507.000 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto General para 2016 siguientes: .- 100.000 euros con cargo a la aplicación núm. 39.2312.462.00, destinada a Instituciones Públicas de municipios de menos de 20.000 habitantes. .- 407.000 euros con cargo a la aplicación núm. 39.2312.480.00, destinada a Subvenciones Servicios Sociales. La cuantía máxima de la subvención para proyectos de sensibilización, fomento de la participación social y voluntariado será de 3.000 euros por proyecto y por beneficiario, y para el resto de proyectos será de 12.000 euros. En el caso de Proyectos innovadores en materia de inserción socio laboral y de formación para el empleo con colectivos en riesgo de exclusión social, el importe máximo a financiar será de 60.0000 euros por proyecto y por beneficiario. La aportación de la Diputación de Burgos no podrá ser superior al 90% del total presupuestado para cada proyecto que resulte financiado, debiendo los beneficiarios aportar, como financiación (propia u obtenida por otras vías), un mínimo del 10 % del presupuesto total aceptado. El importe a justificar por el beneficiario, será del 100% del coste o inversión aprobado, correspondiendo como máximo el 90% de dicho importe a la aportación de la Diputación Provincial, y el 10% restante a financiación propia y obtenida por otras vías.