Convocatoria para la concesión de Subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Burgos o entidades sin ánimo de lucro, para gastos de mantenimiento de Centros y desarrollo de programas y actividades de servicios sociales, ejercicio 2024.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia.
Fecha publicación en el BOP: Boletín nº 149 de 05/08/2024
Fecha inicio presentación solicitudes: 06/08/2024
Fecha finalización presentación de solicitudes: 20/08/2024
Enlace a la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/777735
Quienes deseen tomar parte en esta Convocatoria deberán formular su solicitud en el modelo normalizado que figura como Anexo I, que deberá ser cumplimentado de forma rigurosa en todos sus apartados, firmadas por el Alcalde y/o Representante legal de la Asociación, legalmente acreditado, dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Burgos,
Esta Convocatoria se articula al amparo de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, donde se establece la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, a las personas jurídicas, es decir, a los posibles beneficiarios de las ayudas de esta Convocatoria.
Al amparo del marco normativo citado, esta Diputación Provincial de Burgos aprobó con fecha 4 de septiembre de 2020 la Ordenanza de Administración electrónica, cuya publicación efectiva se realizó en el B.O.P. núm. 212 de fecha 20 de noviembre de 2020. En dicha Ordenanza se regula, en su artículo 6, el catálogo de procedimientos. A tales efectos, las instancias y demás documentación necesaria y/o complementaria para participar en esta Convocatoria y posteriormente justificar las subvenciones, se presentará única y exclusivamente en la sede electrónica de la Diputación provincial.
Las personas jurídicas que deseen participar en esta Convocatoria, deberán presentar las instancias y demás documentación necesaria y/o complementaria, así como su justificación posterior, única y exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Burgos, donde los interesados podrán encontrar catalogada y clasificada toda la documentación necesaria identificada con el código 03.14.01.03.02 y la denominación como “CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA O ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO, PARA GASTOS DE MANTENIMIENTO DE CENTROS Y DESARROLLO DE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES DE SERVICIOS SOCIALES, EN EL AÑO 2024”
No se admitirá la presentación de instancias por otros cauces de intercambio registral distintos a la propia sede electrónica de la Diputación Provincial de Burgos.
En el Anexo I, cada Ayuntamiento o Entidad hará constar un correo electrónico institucional que será el que esta Entidad utilizará para avisar de la puesta a disposición de las notificaciones de la gestión administrativa de eta Convocatoria. Estas notificaciones serán accesibles mediante comparecencia en sede electrónica https://sede.diputaciondeburgos.es en la sección BUZÓN DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS. Esta dirección electrónica deberá ser coincidente con la que ya figura o figurará de modo permanente en su correspondiente ficha de la sede electrónica de esta Diputación Provincial.
Para facilitar o actualizar la dirección de correo electrónico debe acceder a https://sede.diputaciondeburgos.es y entrar en la sección: MIS DATOS – Datos personales, deberá acceder mediante certificado digital de representante.
La finalidad de estas subvenciones es colaborar con los Ayuntamientos de la provincia o Entidades Privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actuación en municipios de la provincia de Burgos de menos de 20.000 habitantes, en la financiación de los gastos que conlleve la ejecución de los Proyectos incluidos en el objeto de la Convocatoria, relacionados a continuación, y correspondientes a los gastos subvencionables de esta Convocatoria.
- Ayuntamientos de la provincia de municipios con población inferior a 20.000 habitantes.
- Entidades privadas sin ánimo de lucro que figuren inscritas en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de carácter social o que tengan solicitud de inscripción antes de la publicación de esta Convocatoria y que realizan sus actividades en materia de Servicios Sociales con población residente en municipios de menos de 20.000 habitantes, dentro de los sectores objeto de la Convocatoria, y que no obtengan financiación por parte de la Diputación Provincial a través de un Convenio de Colaboración directa o indirectamente.
Se podrá únicamente presentar solicitud para la financiación de uno de los siguientes Proyectos, con carácter excluyente:
a) PROYECTO DE MANTENIMIENTO DE CENTROS para personas con discapacidad, personas mayores, en riesgo de exclusión social, infancia y menores, y centros de apoyo a familias.
b) PROYECTO DE ACTIVIDADES para personas con discapacidad, personas mayores, en riesgo de exclusión social, infancia y menores, o de apoyo a familias.
c) PROYECTOS INNOVADORES EN MATERIA DE INSERCIÓN SOCIO LABORAL Y DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO CON COLECTIVOS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL.
La cuantía máxima de la subvención para proyectos de sensibilización, fomento de la participación social y voluntariado será de 3.000 euros por proyecto y por beneficiario, y para el resto de proyectos será de 12.000 euros.
En el caso de Proyectos innovadores en materia de inserción socio laboral y de formación para el empleo con colectivos en riesgo de exclusión social, el importe máximo a financiar será de 30.000 euros por proyecto y por beneficiario.