El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Burgos en sesión ordinaria celebrada el día 7 de marzo de 2014 acordó aprobar las Bases de la Convocatoria de subvenciones para la elaboración de un Plan Provincial de Cooperación 2014, para la realización de obras o servicios de competencia municipal.l
Registro General de esta Excma. Diputación Provincial o por cualquiera de los medios previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Esta línea de ayudas tendrá como objetivo prioritario la realización de las inversiones necesarias para la efectiva prestación de los servicios, así como el subvencionar los gastos derivados de la efectiva prestación de los servicios municipales, pudiéndose incluir en consecuencia las siguientes actuaciones, y debiendo la Entidad Local elegir entre una de ellas: 1.º – Obras de competencia municipal de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen Local; Ley 7/85, de 2 de abril, con la advertencia de que las obras de instalaciones deportivas que se puedan incluir en estos Planes deberán cumplir las de aplicación sobre instalaciones deportivas y de esparcimiento (N.I.D.E). 2.º – Servicios municipales, entendiendo por estos los gastos ordinarios de funcionamiento, incluyendo a título de mera enumeración no excluyente, los gastos corrientes de luz, teléfono, agua o gas, el pago de contratos administrativos de servicios de cualquier servicio público local y cuya facturación proceda de autorizaciones de gasto posteriores al 1 de enero de 2014 siempre que estos ya estén implantados y en funcionamiento.
Podrán ser beneficiarios del Plan Provincial de Cooperación los municipios de la provincia de Burgos de población inferior a 20.000 habitantes.