Fecha de Publicación: 
Lunes, 24 Mayo, 2021
Anualidad: 
2021
Fecha límite de presentación: 
Lunes, 14 Junio, 2021
Servicio gestor: Servicio de Formación, Empleo y Desarrollo Local.
Órgano y fecha de aprobación: Acuerdo de la Junta de Gobierno de 7 de mayo de 2021.
Fecha de Publicación Extracto en el BOP: 24 de mayo de 2021.
Plazo de solicitud/aceptación: veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto en el BOP.
Requisitos y condiciones: las que se especifican en las bases.

La solicitud se realizará según modelo normalizado recogido en el Anexo I de estas bases, que se presentará por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo recomendable la utilización del modelo específico implementado en la sede electrónica de esta Entidad (en el apartado Registro Electrónico-Servicios con Certificado-Envío de solicitudes), donde se encontrará la documentación e información necesaria, con el código 03.14.02.01.05 Convocatoria subvenciones Promoción Productos Agroalimentarios de Calidad de la Provincia de Burgos.



El envío de solicitudes se realizará únicamente a través del Registro Electrónico de esta Diputación Provincial, a cuyo enlace se puede acceder en el siguiente vínculo:
Acceso al registro electrónico
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades, proyectos y/o programas que tengan por finalidad el fomento de  la producción y comercialización de productos y alimentos de calidad de la provincia de Burgos.
 
Podrán acceder a estas subvenciones los órganos de gestión de las siguientes figuras de calidad, así reconocidas por la Junta de Castilla y León, con domicilio social en la provincia de Burgos:
a. Denominaciones de  Origen.
b. Indicaciones Geográficas Protegidas.
c. Marcas de Calidad (Marcas de Garantía y/o Marcas Colectivas).
d. Las Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas con domicilio social en la provincia de Burgos que promocionen los productos alimenticios de calidad de la provincia de Burgos.

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones que establecen en la convocatoria.
  1. La cuantía inicial de la subvención será la resultante de aplicar la fórmula establecida en la base sexta, con el límite de 10.000,00 € por beneficiario.
  2. En todo caso, con la finalidad de asegurar la cofinanciación entre ambas partes, el importe de la subvención finalmente obtenida no podrá exceder del 70% de los gastos justificados por el beneficiario, reduciéndose en este caso la subvención inicialmente concedida hasta dicho límite.