Fecha de Publicación: 
Miércoles, 7 Agosto, 2024
Anualidad: 
2024
Fecha límite de presentación: 
Martes, 27 Agosto, 2024

Servicio gestor: Servicio de Formación, Empleo y Desarrollo Local.
Órgano y fecha de aprobación: Acuerdo de la Junta de Gobierno de 26 de julio de 2024.
Fecha de Publicación Extracto en el BOP: 07 de agosto de 2024.
Plazo de solicitud/aceptación: veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto en el BOP. Del 8 a agosto a las 0:00, al 27 de agosto de 2024
Requisitos y condiciones: las que se especifican en las bases.
 

Los interesados deberán presentar una solicitud en el registro telemático de la Diputación de Burgos, conforme al formulario electrónico del procedimiento habilitado en el catálogo de tramites electrónico de la sede electrónica de la Diputación de Burgos
https://sede.diputaciondeburgos.es/
 

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones para el desarrollo de actividades, proyectos y/o programas que tengan por finalidad el fomento de la producción y comercialización de productos y alimentos de calidad de la provincia de Burgos

Podrán acceder a estas subvenciones los órganos de gestión de las siguientes figuras de calidad, así reconocidas por la Junta de Castilla y León y  asociaciones legalmente constituidas con domicilio social en la provincia de Burgos:

  1. Denominaciones de Origen Protegidas.
  2. Indicaciones Geográficas Protegidas.
  3. Las Marcas de Calidad alimentaria que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 153 de la ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León.
  4. Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones con sede social en la provincia de Burgos y que tengan recogidos como fines en los estatutos de la Asociación, la mejora de la producción del producto agroalimentario de referencia y/o la protección, la conservación de razas y variedades autóctonas.

Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones que establecen en la convocatoria.

1.- Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a la partida 97/2410/48907/2.4 del Presupuesto General de la Corporación para el año 2024. El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 100.000,00 €.

2.- La cuantía inicial de la subvención por beneficiario será la resultante de aplicar la fórmula establecida en la base sexta, con el límite de 19.500,00 €.

En todo caso, con la finalidad de asegurar la cofinanciación entre ambas partes, el importe de la subvención finalmente obtenida no podrá exceder del 70% de los gastos justificados por el beneficiario, reduciéndose en este caso la subvención inicialmente concedida hasta dicho límite.

3.- Se consideran actividades, proyectos y/o programas subvencionables los referidos en la base Séptima.

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